CONTRATO
DE PERMUTA DE AUTOMOTORES
En la ciudad de . . . . . . . . . . . . . . . , a los
. . . . . días del mes de . . . . . . . . . . . . . . . de 19 . . . entre el
señor . . . . . . . . . . . . . . . , domiciliado en la calle . . . . . . . . .
. . . . . . N° . . . . . de la ciudad de . . . . . . ., quien acredita
identidad con . . . . . N° . . . . . . . . . . por una parte y por la otra el
señor . . . . . . . . . . . . . . domiciliado en la calle . . . . . . . . . . .
. . . . N° . . . . . , de la localidad de . . . . . . . . . . . . . . . , quien
se identifica con . . . . . N° . . . . .
. . . . . , concienten en celebrar el presente contrato de permuta de
automotores, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones. - - - - -
PRIMERO: El señor propietario único y exclusivo del automotor
marca . . . . . . . . . . . . . . .
modelo . . . . . . .
. . . . . . . . año . . . . . color . .
. . . . . . . . . . . . . motor marca .
. . . . . . . . . . . . . N° . . . . . . . . . . chasis N° . . . . . . . . . .
. . . . . inscripto en el registro de la propiedad automotor bajo la letra . .
. . . N° . . de la seccional . . . . . . . . . . , con los
siguientes accesorios: Radio, aire acondicionado, desempañador de luneta
trasera y llantas radiales, permuta al señor
. . . . . . . . . . . . . . . el automotor marca . . . . . . . . . . .
modelo . . . . . . . . . . . . . . . año
. . . . . color . . . . . . . . . . . .
. . . motor marca . . . . . . . . . . .
. . . . N° . . . . . . . . . . . . . . .
chasis N° . . . . . . . . . . . . . . .
inscripto en el registro de la propiedad automotor bajo la letra . . . .
. N° . . . . . , seccional . . . . . . . . . . con los
siguientes accesorios: auto-stéreo, dirección hidráulica y frenos de disco, permuta
al señor este automtor por el antes mencionado. - - - - -
SEGUNDO: Los permutantes acuerdan fijar el valor de sus
respectivos vehículos en la suma de pesos . . ( $ . . . . . . . . . . ) cada
uno. - - - - -
TERCERO: El señor . . . . . . . . . . . . . . . entrega en este acto en calidad de permuta el
vehículo de su propiedad antes mencionado al señor . . . . . . . . . . . . . .
. y éste lo recibe de conformidad, con
el estado en que se encuentra, otorgando asimismo al señor . . . . . . . . . .
. . . . . el automotor ya especificado, recibiéndolo de conformidad con su
estado. - - - - -
CUARTO Ambas partes contratantes manifiestan bajo juramento
que los vehículos de sus respectivas propiedades no registran gravámenes de
ninguna especie, ni existen patentes impagas, ni multas, ni impuestos ni tasas,
sean de emergencia o no, responsabilizándose mutuamente por los daños y
perjuicios que sus manifestaciones pudiera acarrear. Asimismo las partes
responderán por vicios ocultos, o redhibitorios. - -
QUINTO: Los permutantes se obligan recíprocamente a realizar
todos los actos y a firmar la documentación necesaria para realizar la
transferencia del dominio y su inscripción en el Registro a sus respectivos
nombres, determinando que éstos deberán ser realizados dentro de los . . . .
. días de firmado el presente. - -
SEXTO: En caso de incumplimiento de cualquiera de las dos
partes de alguna de las condiciones y cláusulas estipuladas para la venta se
establece por el presente contrato una cláusula penal de pesos . . . . . . . .
. . . . . . . ( $ . . . . . . . . . . )
diarios por día de retraso; a favor de quien se perjudique con la falta de
inscripción. - - - - -
SEPTIMO: La tolerancia de alguna de las dos partes en soportar
el incumplimiento por parte de la otra de cualquiera de las cláusulas y
condiciones pactadas no podrá ser ínterpretado como aceptación del hecho
tolerado ni como precedente para su repetíción. - - - - -
OCTAVO: Desde la firma del presente contrato que se realiza a
las horas y en razón de entregarse por este acto la posesión de los respectivos
automotores a los permutantes, el adquirente de cada uno de ellos, se hace
único y exclusivo responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar
los automotores. Quedando por tanto el anterior dueño desligado de toda
responsabilidad. - - - - -
NOVENO: .Para el caso de que alguna de las partes no agilice
el trámite de traspaso de la propiedad, el anterior propietario, pasado . . . .
. meses de esta venta podrá solicitar la baja del Registro. - - - - -
DECIMO: Las partes. acuerdan someterse a la competencia de
los Tribunales Ordinarios del Departamento de . . . . . . . . . . . . . . . con
exclusión de todo fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.
Constituyendo asimismo domicilios en los respectivos domicilios reales
denunciados y donde se considerará válida toda notificación o intimación allí
realizada. En el lugar y fecha antes mencionados, se firma de conformidad
ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. El .sellado del presente
contrato estará a cargo de ambas partes. - - - - -
No hay comentarios:
Publicar un comentario